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CONSULTORIO / ARRIENDOS
Mejoras a inmuebles


Caso
¿Qué mantenimiento del bien inmueble debe costear el dueño?

Respuesta
Es la ley, mediante el contrato de arrendamiento, la que obliga al arrendador a mantener el inmueble en condiciones aceptables y normales para que el arrendatario pueda disfrutarlo. Se puede obligar el cumplimiento por vía contractual, al establecerse la ley; si no se hace lo suple la norma legal. (Ver más información sobre Mantenimiento de viviendas en arriendo)

*  *  *  *  *

Caso
Si se desea hacer alguna modificación como colocar un calentador de gas natural en una casa tomada en arriendo -donde está lista la acometida-, ¿quién se hace responsable por estos gastos?

Respuesta
Depende de cómo se haya pactado en  el contrato o como convengan luego arrendador o arrendatario; la costumbre -que es fuente del derecho- dice que el inmueble se arrienda en el estado en que se encuentra y las mejoras que realice el arrendatario deben ser autorizadas por el arrendador so pena de entenderse abonadas al inmueble.

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Caso
¿Puede un inquilino pedir que se le restituyan los costos de mejoras de un inmueble, teniendo en cuenta que estas no fueron autorizads por el dueño? ¿Puede el inquilino deshacer las mejoras así se dañe el inmueble?

Respuesta
Si existe una cláusula en el contrato y no hay autorización para las mejoras, estas se entienden como incorporadas al inmueble. Opino que no le asiste derecho al arrendatario para exigir dinero por ellas e, incluso,  sí las destruye y desmejora el inmueble puede ser demandado por los perjuicios.

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*Asesoría: 
Andrés Martínez, Abogado Especializado en Arriendos
Corporación Casa Jurídico Social (Tel. 4081519, de Bogotá)

 
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