"La expedición de este decreto hace parte de las iniciativas con las que el Gobierno Nacional pretende incentivar la construcción de vivienda de interés social VIS, al igual que busca fortalecer la demanda mediante la ampliación del número de instrumentos de acceso a vivienda para hogares de bajos ingresos".
"Esta medida permite la utilización del subsidio familiar de vivienda, tanto el otorgado por Fonvivienda como el de las Cajas, en una operación de leasing habitacional. Antes del decreto este uso no estaba permitido. La razón es que en una operación de leasing la propiedad del inmueble la conserva quien otorga el leasing (banco o compañía especializada) hasta que se ejerza la opción de compra. En tanto que en una operación de crédito la propiedad queda en cabeza del comprador desde la escrituración", explicó Sandra Forero.
El decreto regula aspectos como el reintegro del subsidio cuando por cualquier circunstancia quien toma el leasing no ejerce la opción de compra, o cuando se presenta incumplimiento en el pago de los cánones.
"El leasing habitacional y en general todos los mecanismo de arriendo ayudan a tener un escalón previo a la propiedad. Este mecanismo fortalece la demanda, amplía el número de instrumentos para que la gente de bajos ingresos puedan acceder a vivienda" puntualizó la Presidente de Camacol.
Fuente: Camacol