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VIVIENDA EL TIEMPO / JULIO DE 2008
Pocos quieren vivienda de interés social en sus terrenos
Esta semana, los propietarios de 1.187 predios bogotanos fueron citados por la Secretaría del Hábitat para que se notificarles que, en adelante, en sus bienes sólo se podrá construir vivienda de interés social y prioritario.
¿La medida es uno de los instrumentos de gestión contemplados en el Plan de Ordenamiento Territorial y se dictó cumpliendo el Acuerdo 308 de 2008, mediante el cual el Concejo de Bogotá adoptó el Plan de Desarrollo para Bogotá, cuando apenas se esperaba que el Gobierno Nacional reglamentara la Ley 388 de 1997¿, indicó la abogada Nora Pabón, quien explicó que es una de las estrategias para solucionar el déficit de terrenos para edificar vivienda social.
Según el Distrito se presenta una escasez de 307.900 viviendas y en los terrenos identificados se podrían construir 120.000 unidades.
¿Este proceso administrativo iniciado sin conocimiento de los afectados -y en consecuencia sin respetar sus derechos- está violando la seguridad jurídica y el principio de la confianza legítima.
¿Muchas personas adquirieron predios para desarrollarlos y hacerlo conlleva un proceso de tiempo de legalización ante las curadurías, lo cual no es fácil pues esto tiene un trámite dispendioso¿, opina Pabón.
Para ella, en otros casos los terrenos se han construido por causas atribuibles al Distrito. Por ejemplo, el largo tiempo que ha llevado reglamentar el POT y aprobar planes parciales, de implantación, de regularización y de manejo.
¿Se ha podido establecer es que se incluyeron inmuebles construidos con licencia y bienes que se están construyendo de acuerdo con licencias en firme, por lo que se hace urgente revisar la resolución .
¿Si bien es cierto que prevalece el interés general sobre el particular y que debe cumplirse la función social de la propiedad, también es claro que se debe cumplir con los requisitos formales¿, agrega.
La primera parte de la polémica está en las razones por las que se eligieron unos predios y otros no, dejando una ¿desigualdad frente a otros inmuebles¿.
¿La Resolución 147 es confusa, ha generado muchas discusiones legales y, seguramente, será objeto de acciones jurídicas por perjuicios causados, especialmente a quienes estaban en proceso de obtener licencia. Esto podría generar cuantiosos perjuicios para el Distrito¿, declara.
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