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Con las opciones existentes en el mercado los propietarios pueden arrendar sus propiedades con total tranquilidad.

BENEFICIOS
¿Qué cubre un seguro o afianzamiento de arriendo?

Además de los amparos básicos (arriendo, elaboración del contrato, análisis de capacidad de pago de los inquilinos y cubrimiento de costos jurídicos), las empresas ofrecen servicios complementarios para inquilinos y propietarios.

Estos son los amparos que encontrará en todas las pólizas o afianzamientos:

  • Pago del arriendo. Según la aseguradora o afianzadora le cubren como mínimo el pago de hasta 36 meses de arriendo, en caso de que se atrase el inquilino. En algunos casos se lo pagan de inmediato y en otros, a los 15, 30 o 45 días desde el momento en que se produce la mora.
  • Elaboración del contrato. En todos los casos lo asesorarán en la elaboración del respectivo contrato de arriendo.
  • Análisis de la capacidad de pago del inquilino. Estas firmas se encargan se consultar las centrales de riesgo, verificar las referencias comerciales y personales y analizar los ingresos y capacidad de pago de los interesados (y sus codeudores) en tomar en alquiler un inmueble, entre otros aspectos y requisitos.
  • Proceso jurídico. En la eventualidad de que se deba  adelantar alguna demanda en contra del inquilino, los abogados de las firmas aseguradoras y afianzadoras se encargan del tema.

Amparos 'extras'
Los siguientes servicios y opciones son incluidas por algunas aseguradoras y afianzadoras dentro de su paquete básico y en otras en cambio, hacen parte de un amparo o servicio complementario (o integral) por el que hay que pagar una prima adicional, cuyo costo varía según el monto de los valores y 'riesgos' a asegurar.

Por eso, vale la pena que antes de decidirse por alguna opción analice las ventajas, beneficios y condiciones de las diferentes empresas. (Veáse el 'Cuadro comparativo' de los seguros y fianzas de arriendo', en la caja de información adicional).

  • Cuotas de administración y servicios públicos. Una vez se toma este amparo, el propietario tiene la garantía de que le pagarán como mínimo 36 mensualidades de administración y dos veces el valor del arriendo en las facturas vencidas y el costo de reconexión de agua, luz, teléfono y gas.  Según la aseguradora o afianzadora este cubrimiento puede ser mucho mayor o incluso, ilimitado.
  • Asistencia domiciliaria. Se trata de un servicio de atención al inmueble en caso de daños en vidrios, tejas, tubos, chapas, cableado, puertas, entre otros elementos. Las empresas envían expertos en cada tema, que se encargan de reparar y cambiar las piezas a que haya lugar sin costo alguno.  El cubrimiento y condiciones varían según la empresa a la que se acuda.
  • Cubrimiento por incendio, explosión, anegación e impacto de vehículos. Ante estas eventualidades algunas aseguradoras le reconocen al propietario el pago de hasta seis cánones de arriendo para ayudarlo en las reparaciones del inmueble.
  • Pago adelantado del arriendo. Con este servicio, los propietarios pueden solicitar que se les pague hasta seis meses de arriendo por adelantado.
  • Asesoría jurídica permanente. Tanto el arrendatario como el arrendador pueden solicitar asesorías vía telefónica relacionadas con temas legales, sin costo alguno.
  • Entrega y recibo del inmueble. La realización del inventario, la redacción del acta de entrega y recibimiento, tomas fotográficas del estado del inmueble y/o el envío de un agente experto en el tema para acompañar al propietario en estos momentos hacen parte de este plus.
  • Pagos de daños y faltantes en el inmueble. Si un inquilino entrega la propiedad con desperfectos por mal uso como rupturas en clóseres, lavamanos, puertas, pisos, etc., o si falta algún elemento, la aseguradora o afianzadora se encarga de pagar y/o arreglar el inmueble, sin costos adicionales para el propietario.
  • Póliza exequial para el arrendatario. Hace referencia a la asistencia que se le presta a la familia del inquilino, en caso de que este fallezca, en los costos y trámites necesarios para la velación y exequias.

El pago inmediato de los servicios públicos, independientemente de que el inmueble está ocupado o no, el pago inmediato así el inquilino no haya pagado y la administración total del inmueble a través de una inmobiliaria son otros de los argumentos, estrategias y valores agregados que ofrecen las aseguradoras y afianzadoras a sus clientes.

Imagen: Fotolia

 
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